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miércoles, 24 de abril de 2024

Recordatorio [Arauz/Salellas Advocats] Fijada la fecha del jueves 13 de Junio para la sentencia de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE donde se cuestiona que la actual doctrina del Contencioso del Supremo y los procesos de estabilización de la ley 20/2021 valgan para el abuso de temporalidad en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 16/04/2024] Informan en su cuenta de X tanto Araúz como Sallellas Advocats este 16/06/2024 que han recibido sendas notificaciones del Tribunal de Justicia de la UE informándoles, como  abogados de los casos nacioniales,  que el 13 de Junio a las 09.30 dictará la sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas  del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados:

[Comisión Europea] 'La Comisión incoa un procedimiento contra TikTok en el marco de la Ley de Servicios Digitales en relación con el lanzamiento de TikTok Lite en Francia y España, y comunica su intención de suspender el programa de recompensas en la UE'

'La Comisión ha incoado hoy un segundo procedimiento formal contra TikTok en virtud de la Ley de Servicios Digitales. La apertura de hoy consiste en evaluar si la empresa podría haber infringido la Ley de Servicios Digitales al poner en marcha TikTok Lite en Francia y España. En virtud de la Ley de Servicios Digitales, las plataformas en línea designadas de muy gran tamaño están obligadas a presentar un informe de evaluación de riesgos, incluidas medidas para mitigar cualquier posible riesgo sistémico, antes de poner en marcha nuevas funcionalidades que puedan tener un impacto crítico en sus riesgos sistémicos.

A la Comisión le preocupa que se haya puesto en marcha el programa «Tarea and Reward Program» de TikTok Lite, que permite a los usuarios ganar puntos mientras llevan a cabo determinadas «tareas» en TikTok — como ver vídeos, recibir contenidos, seguir a los creadores, invitar a amigos a unirse a TikTok, etc. — se ha puesto en marcha sin una evaluación previa y diligente de los riesgos que conlleva, en particular los relacionados con el efecto adictivo de las plataformas, y sin adoptar medidas eficaces de reducción de riesgos. Esto es especialmente preocupante para los niños, dada la presunta ausencia de mecanismos eficaces de verificación de la edad en TikTok. La falta de mecanismos eficaces de verificación de la edad y el presunto diseño adictivo de las plataformas ya se están investigando en el primer procedimiento formal contra TikTok.

martes, 23 de abril de 2024

[Economist&Jurist] La Inspección de Trabajo no puede aplicar una sanción de fijeza a los empleados públicos laborales como señalaba la posición mayoritaria del TSJ de Madrid en su sentencia a los casos de la sentencia europea de 22F. Opiniones de varios abogados

Informa Economist&Jurist este 22/04/2024  nuevamente sobre las importantes  sentencias  del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones, recalcando que:

  • la sentencia fue dictada por sólo 9  votos de los 23 jueces que componen la Sala: 17 fueron al pleno, 8 presentaron o se sumaron  a votos discrepantes, destacando el de 5 jueces -incluida la presidenta de la Sala- que opinan que, tras la sentencia europea y ante la falta de sanciones válidas para el abuso de temporalidad en la normativa española, no hay otra opción que conceder la fijeza como sanción, independientemente de consideraciones constitucionales incluso

  • dicha posición mayoritaria de la Sala en la sentencia mencionó que estaba la posibilidad de sanción de los abusos por parte de la  Inspección de Trabajo , cuando  por la normativa vigente no está habilitada para una sanción  [que se considerara válida] como la fijeza en el caso de empleados públicos , aunque sean laborales, sólo unas sanciones a la administración, debiendo ser los trabajadores los que acudan a la justicia

 

Recordatorio. XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y Gobierno del Dato en Salud de la Sociedad Española de Informática de la Salud el 24 y 25 de Abril en Zaragoza. Programa disponible, centrado en el Espacio Europeo de Datos de Salud

 [Recordatorio de entrada publicada el 11/04/2024] 

Los días 24 de Abril por la tarde y 25 de  Abril por la mañana tendrá lugar en Zaragoza la XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y el Gobierno del Dato en Salud, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud, con el lema "Espacio de datos Europeo: Interoperabilidad y gobierno del dato". Está abierta tanto la inscripción presencial como por la modalidad virtual u "online", de precio  moderado para profesionales del Sistema Nacional de Salud.

Ya está disponible el programa de detalle, que contará con la tradicional estructura de mesas con las novedades desde el Comité Técnico de Interoperabilidad para Sistema Sanitario y 4 sesiones, esta vez dedicadas íntegramente a los diferentes aspectos del Espacio Europeo de Datos Sanitarios , de importante actualidad.

[Economist&Jurist] Opinión del profesor Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez sobre la sentencia del TSJ de Madrid a los casos de los empleados públicos en abuso de la sentencia europea del 22F: cuando los árboles no dejan ver el bosque , o la obligación de la fijeza ante la ausencia de sanciones válidas al abuso

Publica Economist&Jurist este 22/04/2024  una Tribuna del Profesor de  Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, Gerardo Pérez Sánchez,  sobre las importantes  sentencias  del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 resaltando el "laberinto jurídico del que es difícil salir airoso" al que ha llevado

  • por un lado, los Parlamentos  Gobiernos y sus administraciones, los cuales sistemáticamente se están negando  o están aplicando mal en general la cláusula de la Directiva Europea 1999/70/CE  contra el abuso de temporalidad, las diferentes sentencias europeas y el "chapucero" intento de  "arreglar el entuerto" con la Ley 20/2021
  • por otro, los jueces nacionales, que en muchos casos , de forma "clara", tienen una "deliberara decisión de no seguir la jurisprudencia"  del Tribunal de Justicia de la UE, siendo un ejemplo el "curioso caso" de esas sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que sólo se fija en el "árbol" de la afirmación del tribunal europea de que la fijeza es una opción y no una obligación, y no en el "bosque" de que se convierte en una obligación cuando no hay ninguna otra sanción válida recogida en la normativa

lunes, 22 de abril de 2024

El europarlamentario de ERC Jordi Solé pregunta a la Comisión Europea, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Febrero y la reacción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazando la fijeza , sobre las medidas que va a tomar ante el "claro incumplimiento" de la sentencia europea

El eurodiputado de ERC Jordi Solé. adscrito al grupo de los Verdes/Alianza Europea en el Parlamento Europeo, a raíz de las recientes  sentencias del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 22/02/2024  y la correspondiente reacción de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha informado que ha formulado esta  pregunta de respuesta por escrito a la Comisión Europea:

"La Sentencia del TJUE del 22 de febrero de 2024 rechaza el concepto del indefinido no fijo y sugiere adoptar contratos fijos, indicando que los jueces nacionales deben modificar su jurisprudencia nacional si esta contradice los objetivos de la Directiva 1999/70, siguiendo anteriores resoluciones de este Tribunal. 

 Sin embargo, diversas sentencias entre las que se encuentra la más reciente del Tribunal Superior de Justicia  de Madrid 317/2024 efectúan un claro y consciente incumplimiento de este pronunciamiento, y priorizan disposiciones constitucionales españolas al derecho de la UE. 

viernes, 19 de abril de 2024

[El País] El Pleno del Tribunal Superior de Justicia "desoye" la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 en su sentencia, con votos discrepantes, a los casos de empleados públicos de la sentencia

Publicaba El País el 16/04/2024   una amplia noticia sobre las tres importantes sentencias conocidas el mismo día del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones, donde por mayoría simple ha decidido rechazar la fijeza que demandaban como sanción, "desoyendo" según el medio, la sentencia europea

miércoles, 17 de abril de 2024

[Economist&Jurist] El Pleno del Tribunal Superior ede Justicia de Madrid se fragmenta para aplicar la última sentencia del TJUE de 22/02/204

 Publica Economist&Jurist este 16/04/2024   una amplia noticia sobre las tres importantes sentencias conocidas el mismo día del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones: la mayoría simple decide que sí hay abuso pero no concede ni fijeza por inconstitucional ni indemnizaciónl; 5 jueces abanderados por el ponente de las prejudiciales opinan que debe sentenciarse la fijeza aplicando la sentencia europea aunque se considerara que se opone el principios constitucional de igualdad.

martes, 16 de abril de 2024

[Arauz/Salellas Advocats] Fijada la fecha del jueves 13 de Junio para la sentencia de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE donde se cuestiona que la actual doctrina del Contencioso del Supremo y los procesos de estabilización de la ley 20/2021 valgan para el abuso de temporalidad en el empleo público

Informan en su cuenta de X tanto Araúz como Sallellas Advocats este 16/06/2024 que han recibido sendas notificaciones del Tribunal de Justicia de la UE informandoles, como  abogados de los casos nacioniales,  que el 13 de Junio a las 09.30 dictará la sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas  del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados:

cuestionándose  en estos asuntos si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo  para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutari interino (que recordemos es: hay abuso ante una prolongación de temporalidad pero la sanción es la mera espera a que se cubra el puesto del temporal por un fijo o se amortice sin recibir indemnización alguna) y si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso.

[Poder Judicial] 'El TSJM rechaza declarar fijos a tres trabajadores públicos tras las cuestiones prejudiciales elevadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pese a las recomendaciones efectuadas por los magistrados comunitarios, y denunciar el abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones demandadas, el Pleno de la Sala de lo Social no ha estimado en su totalidad las demandas formuladas '

'El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, reunido el pasado 18 de marzo, ha rechazado declarar fijos a tres trabajadores públicos vinculados a diferentes administraciones, que habían recurrido en suplicación en reconocimiento de sus derechos laborales.

En el primero de los casos, el Pleno ha estimado parcialmente el recurso planteado por fraude en la contratación temporal de una trabajadora interina de la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid, que encadenó desde diciembre de 1998 distintos contratos temporales con la misma categoría y ha declarado el carácter indefinido no fijo de la relación laboral con antigüedad desde noviembre de 2010.

Por otra parte, en el mismo Pleno la Sala de lo Social ha desestimado el recurso formulado por una trabajadora de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, quien solicitaba que se le declarase fija de plantilla y el abono de una indemnización equivalente a la de despido, tras 27 años encadenando diferentes contratos con la citada administración.

Sentencias del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones: la mayoría simple decide que sí hay abuso pero no concede ni fijeza por inconstitucional ni indemnización que no existe en la ley nacional; 5 jueces abanderados por el ponente de las prejudiciales opinan que debe sentenciarse la fijeza aplicando la sentencia europea aunque se considerara que se opone el principios constitucional de igualdad.

Gracias al blog del conocido profesor Ignasi Beltrán este 15/04/2024 hemos conocido las esperadas sentencias  de la Sala de Social del Tribunal Superior de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la importante sentencia de 22 /02/2024  del Tribunal de Justicia de la UE ,a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones "prejudiciales" quee habían sido planteadas por una de sus secciones,  la sección 2ª de dicha Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Finalmente, tras y como había trascendido  la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid convocó un Pleno el 18/03/2024 de los 20 jueces de la Sala para deliberar y votar una sentencia a los 3 casos en lugar de los 3 jueces de la sección 2ª que habían elevado las cuestiones, "abanderados"  por el magistrado López Parada. Las sentencias, deliberadas en dicho pleno, han sido redactadas con fecha 10/04/2024, contando con varios "votos particulares" u opiniones discrepantes de la sentencia dictada por la mayoría de los jueces, entre ellos, está el improtante "voto particular" o propuesta de sentencia alternativa del propio López Parada, secundada por 4 jueces más, y que como se esperaba por el tono de las cuestiones que planteó al TJUE, es de fijeza, aunque se considere que los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad se aplican igualmente al personal laboral público.


Pero la mayoría de los jueces de la sala ha entendido que "la fijeza no es una opción constitucionalmente admisible" como resumen en su titular Ignasi Beltrán y no puede por esa razón conceder la fijeza aunque sea la posibilidad que indica como prereferente el TJUE y no exista ninguna medida de sanción  válida (toda vez que el indefinido no fijo ha sido descartado como tal por el TJUE), ni tampoco puede conceder una indemnización más allá de la del cese del indefinido no fijo, no concediendo nada a los que ya eran indefinidos no fijos -aunque llevaran 20 años así, ni al que era interino de vacante.


En concreto, se trataba de los casos:

lunes, 15 de abril de 2024

Recordatorio. Expectación ante las posibles sentencias de fijeza de la Sala de Social del Tribunal Superior de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024. [ADDENDUM: convocado Pleno de la Sala el 18 de Marzo para deliberar las sentencias]

[Recordatorio de entrada publicada el 26/02/2024  y su ADDENDUM el 08/03/2024]] Este pasado jueves 22/02/2024  tuvo lugar la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones "prejudiciales" de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

En concreto, se trataba de los asuntos:

  • 1. asunto  C-59/22 o "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid", por el segundo Auto del TSJM de 22/12/2021  , que  comentamos en esta entrada,sobre un caso de una empleada pública de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid "discontinua" durante 13 años para ser declarada "indefinida discontinua no fija" en 2007 llevando así otros 13 años

  • 2.  asunto C-110/22 o "UNED", por  el primer Auto del TSJM de 21/12/2021 comentado en esta entrada sobre otra de Ignasi Beltrán,, sobre un caso de un empleado público de la UNED "indefinido no fijo durante 20 años" ,

  • 3. el asunto C-159/22 o  "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid" [AMAS], por el  Auto del TSJM de 03/02/2022 , comentado en esta otra entrada sobre un caso de una  empleada pública laboral en contrato de interinidad de vacante de más de 3 años , también personal de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid

Recordemos que en esta sentencia el Tribunal europeo ha reafirmado la figura del indefinido no fijo como un temporal más a los efectos de la normativa europeo afirmando como novedad lo que era obvio: que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad ,  tumbando  la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público

viernes, 12 de abril de 2024

[Europa Press] El ministro de Función Pública asegura que con los cambios legales se han eliminado las causas que dieron lugar a la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero y que se cumplirá el compromiso con la UE de estabilizar a 300 mil trabajadores públicos

Informa Europa Press este 12/04/2024 que.  en un  Desayunos Informativos organizado por la propia agencia de noticias,   el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha asegurado que España "ha eliminado las causas que derivaron" en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero , citando su medida anunciada de eliminar la tasa de reposición, apostillando que el Gobierno "mira hacia adelante".

También  ha asegurado el Ministro que se va a cumplir el compromiso del Gobierno con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de haber estabilizado a 300.000 trabajadores públicos antes del final de este año.

jueves, 11 de abril de 2024

Publicado en el Diario Oficial de la UE el fallo de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este 22/02/2024 donde reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años también sufre abuso de temporalidad, no siendo válida una indemnización de 20 días al cese, como la del indefinido no fijo, como sanción al abuso de temporalidad ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Sí la fijeza, si no hay medidas de sanción reguladas en la normativa nacional, teniendo que modificarse la jurisprudencia nacional aunque se base en disposiciones constitucionales

Se ha publicado en el Diario Oficial de la UE de este 08/04/2024 el fallo de la importante sentencia de 22 de febrero de 2024 del Tribunal Europeo de Justicia de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Con esta publicación en el DOUE quedan obligatoriamente dados por enterados todos los tribunales de última instancia nacionales de la UE (si es que no estaban enterados ya antes, claro, como lo podía estar y estaban ambas Salas del Tribunal Supremo Español y  muchos tribunales inferiores). Hay que recordar que los párrafos del texto de la sentencia también tienen carácter vinculante (interpretados en su sentido dentro de la parte del conjunto, naturalmente).

El fallo final de la sentencia literalmente, es el siguiente:

XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y Gobierno del Dato en Salud de la Sociedad Española de Informática de la Salud el 24 y 25 de Abril en Zaragoza. Programa disponible, centrado en el Espacio Europeo de Datos de Salud

Los días 24 de Abril por la tarde y 25 de  Abril por la mañana tendrá lugar en Zaragoza la XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y el Gobierno del Dato en Salud, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud, con el lema "Espacio de datos Europeo: Interoperabilidad y gobierno del dato". Está abierta tanto la inscripción presencial como por la modalidad virtual u "online", de precio  moderado para profesionales del Sistema Nacional de Salud.

Ya está disponible el programa de detalle, que contará con la tradicional estructura de mesas con las novedades desde el Comité Técnico de Interoperabilidad para Sistema Sanitario y 4 sesiones, esta vez dedicadas íntegramente a los diferentes aspectos del Espacio Europeo de Datos Sanitarios , de importante actualidad.

 


 

miércoles, 3 de abril de 2024

Recordatorio. XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y Gopierno del Dato en Salud de la Sociedad Española de Informática de la Salud el 24 y 25 de Abril en Zaragoza

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/03/2024]

Los días 24 de Abril por la tarde y 25 de  Abril por la mañana tendrá lugar en Zaragoza la XIV Reunión del Foro de Interoperabilidad y el Gobierno del Dato en Salud, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud, con el lema "Espacio de datos Europeo: Interoperabilidad y gobierno del dato". Está abierta la inscripción presencial.

Según el programa esquemático disponible, contará con la tradicional estructura de mesas con las novedades desde el Comité Técnico de Interoperabilidad para Sistema Sanitario y 4 sesiones, esta vez dedicadas íntegramente a los diferentes aspectos del Espacio Europeo de Datos Sanitarios , de importante actualidad.

 


 

martes, 2 de abril de 2024

Pleno de la Asamblea de Madrid este jueves 04/04/2024 con una proposición no de ley del Grupo Socialista para que la Comunidad de Madrid modifique disposiciones incompatibles con la Directiva Europea y la reciente sentencia del tribunal europeo de 22 de Febrero sobre abuso de temporalidad en empleados públicos , de la propia Comunidad de Madrid, y convierta en fijos a sus indefinidos no fijos y modifique adecuadamente los procesos de estabilización de plazas en marcha

Este jueves 4/05/2025 hay Pleno de la Asamblea de Madrid y contará en su orden del día , entre otros puntos, con la Proposición No de Ley del Grupo Socialista (nº 125/24), tras la importante sentencia de 22/02/2024 l Tribunal de Justicia de la UE [TJUE]  para que la Asamblea de Madrid inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

  •  1.- "Modificar todas aquellas disposiciones adoptadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que sean incompatibles con los objetivos de la Directiva Europea 1999/70 y en particular del Acuerdo Marco Europeo que regula las medidas para impedir que la Administración de la Comunidad de Madrid abuse de la temporalidad en el empleo público".


  • 2.- "Cumplir la Sentencia de la sala Quinta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22.02.2024, iniciando el proceso de conversión en trabajadores fijos de todos los trabajadores de la Comunidad de Madrid que se encuentren dentro de la figura de trabajadores indefinidos no fijos".


  • 3.- "Presentar en la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid, en el plazo de 15 días, informe sobre las consecuencias de la aplicación de la Sentencia del TJUE para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid en situación de temporalidad, así como la afectación de los procesos de estabilización llevados a cabo por el Gobierno de la Comunidad de Madrid".'

miércoles, 27 de marzo de 2024

[LAB] 'Readmisión de un trabajador del IFAS [Instituto Foral de Acción Social] basada en la nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la UE' [Juzgado de lo Social sentenció, en una demanda ante un despido de la empleada pública laboral, que era fija por abuso de temporalidad aplicando la sentencia europea de 22/02/2024 y la AAPP ha optado por readmitirla (como fija) en lugar de la indemnización por despido improcedente]

'Con fecha 28 de febrero de 2024, el sindicato LAB gana una sentencia de un trabajador del IFAS basada en la fundamentación jurídica aportada por la reciente sentencia de 22 de febrero de 2024 del Tribunal Europeo de Justicia.

La sentencia del Juzgado de lo Social nº 9 establece que existe una relación laboral que debe calificarse como fija y que se ha extinguido sin soporte causal que lo justifique.

Viene a concluir, en definitiva, que ya que el trabajador era fijo, la extinción de su contrato debe considerarse como despido improcedente.

La propia sentencia plantea una alternativa a la administración, en este caso el IFAS, para readmitir al trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones o indemnizarle por la extinción de su relación laboral.


A día de hoy el IFAS ha optado por readmitirle.